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Director de la Escuela de Ingeniería Eléctrica de la FIEE
Por RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE FACULTAD DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA ELÉCTRICA Y ELECTRÓNICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Nº466-2025-CFFIEE. Bellavista, 31 de octubre de 2025.
RESUELVE:
ENCARGAR, al docente ordinario en la Categoría Asociado a Tiempo Completo MG. ERNESTO RAMOS TORRES, como Director de la Escuela Profesional de Ingeniería Eléctrica de la Facultad de Ingeniería Eléctrica y Electrónica de la Universidad Nacional del Callao.
NATURALEZA DEL CARGO:
Es la unidad orgánica de línea dependiente del Decanato; responsable de coordinar y ejecutar el diseño y
actualización curricular de las carreras profesionales, así como de dirigir su aplicación para la formación y
capacitación pertinente, hasta la obtención del grado académico y título profesional correspondiente. Asimismo, es la encargada de gestionar las prácticas preprofesionales e internado, así como el seguimiento del egresado.
FUNCIONES DE LA ESCUELA PROFESIONAL:
a. Diseñar y actualizar el currículo de la escuela profesional de acuerdo con el modelo educativo de la
universidad y la demanda social del país.
b. Proponer al consejo de facultad los lineamientos y políticas referidos al seguimiento de graduados y a la movilidad académica.
c. Presentar al consejo de facultad la propuesta del reglamento de prácticas preprofesionales.
d. Coordinar, ejecutar y evaluar las fases de preparación, desarrollo y evaluación de sus procesos
académicos.
e. Formular instrumentos y materiales de orientación al estudiante, para su aprobación por el Consejo de Facultad.
f. Evaluar permanentemente el avance del dictado de las clases teóricas y prácticas por asignaturas, de
acuerdo con el contenido del sílabo presentado, así como de la asistencia del estudiante, según reportes
mensuales de los docentes.
g. Coordinar el proceso de matrícula regular de los estudiantes ingresantes y regulares de la Facultad.
h. Implementar programas de movilidad académica.
i. Velar por la excelencia académica y la acreditación de la escuela profesional que oferta la Escuela.
j. Proponer al Consejo de Facultad las medidas académicas, económicas y administrativas que estime
convenientes en bien de las carreras profesionales y la Escuela.
k. Velar por el desarrollo de las actividades de responsabilidad social e investigación formativa.
l. Velar por la buena marcha de la escuela y evaluar semestralmente los resultados de cada asignatura y
compatibilizarlo con el plan de mejora de la Escuela.
m. Supervisar en aula el avance silábico de cada asignatura, así como realizar el monitoreo de las practicas
preprofesionales e internado y las actividades de seguimiento al egresado.
n. Las demás funciones que le asigne el Decanato, en el marco de sus competencias o aquellas que le
corresponda por norma expresa.
Fuente: Artículo 145° y 146° del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional del Callao aprobado mediante Resolución Nº173-2025-CU.

